Micelio
Auto26 de agosto de 2026

A-1160 de 2026

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Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 048 Administrativo de Bogotá y el Juzgado 022 Civil del Circuito de Bogotá, causado por una acción popular presentada por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público de Bogotá (DADEP), contra Fiduciaria de Occidente S.A., como vocera del Fideicomiso FI-La Tingua, para solicitar la restitución, sustitución o compensación de las zonas de uso público y la entrega y transferencia de la zona de cesión correspondiente a la zona comunal de la urbanización la Tingua, entre otras pretensiones.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, aunque la demanda fue admitida contra Fiduciaria de Occidente S.A., como vocera del Fideicomiso FI-La Tingua, durante el trámite se acreditó la terminación de ese fideicomiso y que los bienes objeto del proceso correspondían al Fideicomiso FA-Cartagenita.

De lo verificado en el expediente, se concluye que el extremo pasivo está integrado por sociedades de naturaleza privada y por el Fideicomiso FA-Cartagenita, respecto del cual no obra prueba que permita establecer aportes o participación estatal igual o superior al 50%, para establecer su participación como entidad pública.

A ello se suma que el IDU y el IDRD no fueron incorporados como posibles responsables de la amenaza o vulneración alegada.

Por estas razones, el conocimiento de la acción popular corresponde a la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, de acuerdo con la regla de decisión del Auto 799/21.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 022 Civil del Circuito de Bogot� y el Juzgado 048 Administrativo del Circuito de Bogot�, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 022 Civil del Circuito de Bogot� es la autoridad competente para conocer de la acci�n popular promovida por el Departamento Administrativo de la Defensor�a del Espacio P�blico de Bogot� (DADEP), en la que Fiduciaria de Occidente S.A. comparece como vocera del Fideicomiso FA-Cartagenita, junto con los dem�s sujetos vinculados al extremo pasivo.
  2. SEGUNDO. Por conducto de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-7854 al Juzgado 022 Civil del Circuito de Bogot� para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 048 Administrativo del Circuito de Bogot� y a los interesados en este tr�mite. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital CJU-7854, archivo �001ExpDig201900730pdf.pdf�, p. 4. La demanda est� fechada el 24 de octubre de 2019. La fecha de radicaci�n del 12 de noviembre de 2019 consta en el archivo �003SolicitudAdici�nCambioJurisdicci�npdf.pdf�, p. 2. [2] Expediente digital CJU-7854, archivo �001ExpDig201900730pdf.pdf�, p. 5. [3] Ibid., p. 5. [4] Ibid., p. 6. [5] Expediente digital CJU-7854, archivo �073 RecursoDeReposicion - La Tingua - Ospinas - Anexospdf.pdf�, p. 4. [6] Expediente digital CJU-7854, archivo �105Contestaci�nDemandapdf.pdf�, p. 18. [7] Ibid., pp. 8-9. [8] Expediente digital CJU-7854, archivo �001ExpDig201900730pdf.pdf�, pp. 10-11. [9] Expediente digital CJU-7854, archivo �004Autoproponeco_2026285APproponeconfpdf.pdf�, pp. 2-3. [10] Expediente digital CJU-7854, archivo �011AutoResuelveRecursoVinculaci�npdf.pdf�, p. 2. [11] Expediente digital CJU-7854, archivo �001DemandaReconvenci�npdf.pdf�, pp. 11-12. [12] Expediente digital CJU-7854, archivo �002 AutoInadmiteReconvencion201900730pdf.pdf�, p. 1. [13] Expediente digital CJU-7854, archivo �003SubsanacionDemandaReconvencionpdf.pdf�, pp. 3-8. [14] Expediente digital CJU-7854, archivo �006 AutoRechazaDemandaReconvencion201900730oficiospdf.pdf�, pp. 1-2 [15] Expediente digital CJU-7854, archivo �007RecursoReposici�nAutopdf.pdf�, pp. 4-7. [16] Expediente digital CJU-7854, archivo �010 AutoResuelveRecursoReposicionConcedeApelacion201900730oficiospdf.pdf�, pp. 1-3. [17] Expediente digital CJU-7854, archivo �008AutoInadmiteRecursopdf.pdf�, pp. 1-3. [18] Expediente digital CJU-7854, archivo �008AutoResuelveExcepcionesPrevias201900730audienciaspdf.pdf�, pp. 1-3. [19] Expediente digital CJU-7854, archivo �012 AutoResuelveReposicionExcepcionPrevia201900730pdf.pdf�, pp. 1-2. [20] Expediente digital CJU-7854, archivo �257 AutoDeclaraFaltaJurisdiccionRemite201900730oficiospdf.pdf�, pp. 1-2. [21] Expediente digital CJU-7854, archivo �258RecursoReposicionpdf.pdf�, pp. 1 y 4. [22] Expediente digital CJU-7854, archivo �263 AutoRechazaRecursoRemitirExpediencie201900730oficiospdf.pdf�, p. 1. [23] Expediente digital CJU-7854, archivo �002Radicacionofic_TRAZApdf.pdf�, p. 2. [24] Expediente digital CJU-7854, archivo �003Radicacionofic_048202600285pdf.pdf�, p. 1. [25] Expediente digital CJU-7854, archivo �004Autoproponeco_2026285APproponeconfpdf.pdf�, pp. 1-2. [26] Ibid., pp. 2-4 [27] Expediente digital CJU-7854, archivo �02CJU-7854 Correo Remisoriopdf.pdf�, pp. 3-4. [28] Expediente digital CJU-7854, archivos �01CJU-7854 Caratulapdf.pdf�, p. 1 y �03CJU-7854 Constancia de Repartopdf.pdf�, p. 1. [29] Corte Constitucional, Auto 155 de 2019. [30] En consecuencia, no habr� conflicto cuando: (a) s�lo sea parte una autoridad o (b) una de las partes en colisi�n no ejerza funciones jurisdiccionales. [31] En este sentido, no existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que el litigio no est� en tr�mite o no existe, porque, por ejemplo, ya finaliz�; o (b) el debate procesal se centra sobre una causa de car�cter administrativo o pol�tico, pero no jurisdiccional (Art�culo 116 de la Constituci�n). [32] As� pues, no existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que, a pesar de concurrir formalmente dos autoridades judiciales, alguna de ellas no ha rechazado su competencia o manifestado su intenci�n de asumirla; o (b) la exposici�n sobre la competencia desplegada por las autoridades en conflicto no tiene, al menos aparentemente, fundamento normativo alguno al sustentarse �nicamente en argumentos de mera conveniencia. [33] Ley 472 de 1998, arts. 9, 14 y 15. [34] Corte Constitucional, Auto 799 de 2021, f. j. 17. [35] Corte Constitucional, Auto 1083 de 2021; Auto 239 de 2023, ff. jj. 13 y 17. [36] Ley 472 de 1998, art. 18; Corte Constitucional, Auto 962 de 2023, ff. jj. 16 y 17. [37] Ley 1437 de 2011, art. 104, par�grafo; Corte Constitucional, Auto 1029 de 2023, ff. jj. 6 y 11; Auto 020 de 2024, ff. jj. 34 y 42. [38] Corte Constitucional, Auto 1029 de 2023, ff. jj. 8-11. [39] Corte Constitucional, Auto 020 de 2024, ff. jj. 29-34 y 42. [40] Decreto 410 de 1971, art. 1233; Ley 1564 de 2012, arts. 53 y 54; Corte Constitucional, Auto 1029 de 2023, ff. jj. 8-10. [41] Corte Constitucional, Auto 1029 de 2023, f. j. 11; Auto 020 de 2024, ff. jj. 34 y 42. [42] Expediente digital CJU-7854, archivos �006 AutoRechazaDemandaReconvencion201900730oficiospdf.pdf�, pp. 1-2; �008AutoInadmiteRecursopdf.pdf�, pp. 1-3; �257 AutoDeclaraFaltaJurisdiccionRemite201900730oficiospdf.pdf�, pp. 1-2; y �004Autoproponeco_2026285APproponeconfpdf.pdf�, pp. 1-4. [43] Expediente digital CJU-7854, archivos �001ExpDig201900730pdf.pdf�, p. 5, y �011AutoResuelveRecursoVinculaci�n
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.